Liderazgo

Enviado por admin el
Descripción del valor
Las personas como trabajadores y servidores públicos, además de observar lo previsto en el artículo 29 del código de ética, en referencia con el artículo 5, fracción VIII del presente código de conducta, deberán desarrollar sus funciones aportando ideas innovadoras, mantenerse abierto a escuchar sugerencias y motivar a los demás a sacar lo mejor de sí mismos. En su comportamiento debe regir la autorreflexión, la confianza en sí mismo, el equilibrio y la humildad.
Imagen Valor
valor_mes_abril_2026